DIAETA

La revista científica de la Asociación Argentina de Dietistas y Nutricionistas Dietistas AADYND

Buenos Aires | Vol. 39 - N 177 | Publica en LILACS y SciELO

Trimestre de

ISSN 1852-7337 (en línea)

DNDA: internet/digital: 01915448

AADYND

ARTÍCULO AADYND

Creación del Código de Ética AADYND: historia, bases y fundamentos de un consenso profesional.

Creation of AADYND´s code of ethics: history, bases and foundations of a professional consensus

Lic. González Graciela, Lic. Rey Lucia

RESUMEN

La creación del Código de Ética de la Asociación Argentina de Dietistas y Nutricionistas Dietistas (AADYND) refleja el consenso de conductas éticas que los profesionales adherentes a nuestra asociación adoptamos conscientemente para nuestra práctica profesional. La doctrina del Dr. Escudero P. así como el estatuto de la Asociación, ya desde sus inicios, definen los valores profesionales o ideales que se pretendía y pretenden alcanzar. El Código de Ética que adoptan los miembros de la AADYND, es una demostración del ejercicio de su autonomía, de su capacidad de autorregularse, controlarse y autodirigirse hacia niveles de excelencia. El Código de Ética de AADYND es un medio y es un fin en sí mismo, se adecua a los principios de la bioética y fue consensuado oportunamente por sus miembros. Es una instancia abierta para ser revisada oportunamente.

Palabras clave: código de ética, asociación, nutricionistas, profesión, nutrición


ABSTRACT

The creation of the Code of Ethics of the Argentinean Association of Dietitians and Nutritionists Dietitians (AADYND) reflects the consensus of ethical behaviors that the professionals adhering to the Association consciously adopt for their professional practice. The doctrine by Dr. Escudero P, as well as the statute of the Association, since its start, has defined the professional values or ideals that were intended and are intended to be achieved. The Code of Ethics adopted by the members of the AADYND shows the exercise of their autonomy, of their ability to self-regulate, control themselves and self-direct towards levels of excellence. The AADYND’s Code of Ethics is a means and an end in itself, it adapts to the principles of bioethics and was opportunely agreed by AADYND’s members. It is an open instance to be reviewed in a timely manner.

Key words: Code of Ethics, Association, Nutritionists, Profession, Nutrition

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Introducción

La publicación del Código de Ética de la Asociación Argentina de Dietistas y Nutricionistas Dietistas (AADYND) demuestra que la profesión ha alcanzado un alto grado de desarrollo y madurez. Estas cualidades destacables del colectivo profesional determinaron por consenso, las conductas éticas que los profesionales adherentes a nuestra asociación adoptamos conscientemente para nuestra práctica profesional.

Sabemos que toda profesión implica una gran responsabilidad, ya que exige dar una atención o prestar un servicio oportuno y de calidad a quien lo amerite, teniendo en cuenta que esto debe estar apegado a principios científicos, técnicos y éticos. Destacamos que hablar del deber profesional desde el horizonte ético, es una necesidad.

A lo largo de la historia de la humanidad, se han desarrollado diferentes profesiones y junto a éstas, siempre se han establecido normativas de integridad, las cuales marcan y rigen su desempeño en el

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ámbito técnico y ético (1). El Licenciado en Nutrición, en tanto miembro del equipo de salud, está involucrado en estas cuestiones y es su deber ético informarse para sumarse al análisis y a la reflexión sobre su relación con el paciente, ya que como parte de la sociedad está atravesado por la historia y su evolución (2).


Un poco de historia

En relación con las profesiones de la salud, la medicina ha sido pionera en aspectos éticos, de ahí su larga trayectoria. Podemos mencionar el Código de Hammurabi como un precursor de principios y conceptos que, junto al Juramento Hipocrático, más cercano cultural y temporalmente, recogió las ideas y las pautas médico – sanitarias interpretando el saber y la práctica de una época que influyó durante mucho tiempo (3).

El Juramento Hipocrático es un documento venerable del patrimonio moral de Occidente, testamento ecuménico y transhistórico de la Antigüedad clásica para la ética médica. El texto original presenta la estructura canónica de un juramento (del lat. iuramentum, afirmación o negación de algo poniendo por testigo a Dios u otra instancia suprema) y consta de ocho cláusulas ordenadas en cuatro partes (4). La excepcional calidad moral del Juramento Hipocrático es notoria por contraste con los documentos que suelen tomarse como antecedentes de una normativa de la práctica médica. El código de Hammurabi (2000 a.C.) sanciona con penas crueles la «malapraxis», según la ley del Talión u «ojo por ojo y diente por diente».

Estos modelos de tipo paternalistas, basados en la beneficencia y en un ejercicio profesional asentados en las virtudes, permanecieron casi inalterados hasta la mitad del siglo XX. Los textos hipocráticos sólo sufrieron pequeñas variaciones fruto de la inclusión de preceptos religiosos, cristianos y judíos. Las corrientes filosóficas que con la ilustración separan lo científico de lo religioso, iniciaron una etapa de conflictos éticos-sociales que, sin embargo, no tuvieron gran calado en la forma tradicional de ejercer la medicina (5). Después de la segunda guerra mundial y de la consiguiente reconstrucción de valores, poderes y modelos, se intensifican las preocupaciones éticas en el campo de la salud. Justamente desde la década de los setenta, toma fuerza la bioética, por cuanto amplía el territorio de la ética, el de la vida humana hacia los demás seres y hacia la necesaria relación de lo humano con la naturaleza (6). Tomando como antecedentes los crímenes nazis en la segunda guerra mundial, el proceso de Nüremberg y la conmoción social que se produjo en EE.UU. tras la publicación de algunos experimentos realizados en las décadas anteriores, el estudio sobre hepatitis en niños con retraso mental del Willowbrook State School o el estudio Tuskegee sobre la evolución natural de la sífilis en una población de afro-americanos, propiciaron que en 1974, el gobierno de los Estados Unidos constituyera una Comisión Nacional para el estudio de las cuestiones éticas relacionadas con la investigación médica en sujetos humanos. Su resultado fue la elaboración de un documento que vio la luz cinco años después y que se conoció como el informe Belmont (7). El mismo año que nace el informe Belmont, dos bioeticistas, Beauchamp T. y Childress J, publican el libro titulado “Principles of Biomedical Ethics” (8). Estos autores insisten en que el fin de la obra no es proponer una nueva teoría moral, sino un sistema para la resolución de casos difíciles que permita el abordaje desde distintas posiciones filosóficas. Son varios los autores que piensan que existe un paralelismo entre los principios de la bioética de Beauchamp T. y Childress J. y los valores centrales que constituyen los derechos humanos. Dos valores son centrales en la declaración universal de los derechos humanos: la libertad y la igualdad. Estos valores son los que deben orientar las decisiones en los conflictos de bioética. Así, Casado M. (9) escribe: «Los derechos humanos están llamados a ser el criterio regulador de las nuevas formas de control y de las posibilidades científicas y tecnológicas emergentes, propugnando, propiciando y garantizando el respeto a la libertad, a la igualdad y a la dignidad de todos y cada uno de los seres humanos».

Con relación al neologismo bioética sabemos que fue acuñado por Van Rensselaer Potter, destacado bioquímico, investigador en el área de la oncología básica en la Universidad de Wisconsin, quien lo utilizó por primera vez en Estados Unidos en el año 1970 (10). La Enciclopedia de Bioética define

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la bioética como “un estudio sistemático de la conducta humana en el campo de las ciencias biológicas y la atención de la salud, en la medida en que esta conducta se examina a la luz de valores y principios morales, es decir, estudia la moralidad de la conducta humana en el área de ciencias de la vida”.

Entre las teorías filosóficas, la teoría de los principios desarrollada por el filósofo británico Ross D, adquirió un gran predicamento. Su obra “Lo correcto y lo bueno (1930)” describe, desde una perspectiva kantiana, algunos principios morales que sin ser absolutos puedan emplearse al margen de la concepción utilitarista dominante en la época (11). Ross define los deberes prima facie como las acciones que intuitivamente sabemos que se deben cumplir. Esta teoría resultó especialmente atractiva para su aplicación en la resolución de conflictos éticos en medicina.


Las acciones profesionales basadas en el respeto y el diálogo. La Ética del Siglo XXI

En todo acto, previo al consentimiento informado, aunque este implique cierta dificultad de aceptación como dice Gracia D. (12), e incluso en la investigación científica, es deber de los miembros de nuestra institución proteger la vida, la salud, la intimidad y la dignidad del ser humano.

Los valores que debemos perseguir son los de: equidad, solidaridad, lealtad, compromiso activo, calidad humana, calidad profesional, compromiso con la comunidad, compromiso institucional y espíritu de servicio. Cortina A. afirma que «el consentimiento informado es la expresión del principio ético de la autonomía dialógica» (13). No debe quedar en un mero requisito legal para cubrirse las espaldas ante cualquier posible denuncia, manera de actuar propia de la medicina defensiva. Es necesario reconocer que el paciente es un ser autónomo, cuya autonomía ha de ser respetada a través de la comunicación y el diálogo. Los afectados han de llegar a un «acuerdo unánime», fruto de un diálogo sincero, en el que se busca satisfacer intereses universalizables.

Camps V. (14), por su parte, nos dice que la ética del siglo XXI tiene que ser una ética sin atributos: no una ética católica, evangélica, islámica, sino laica. Entendiendo por tal «una ética que procura valer para todos, independientemente de las diferencias culturales o ideológicas que separan a las personas y a los pueblos, y lo hace intentando aportar las respuestas más razonables». Las «razonables» son aquellas respuestas para las que tenemos razones, buenas razones o razones suficientes, que muchas veces no pueden ser nada más que razones compartidas. Por eso, la ética laica está fundamentada básicamente en el diálogo. «La mejor respuesta será aquella que resulte de la confrontación de opiniones diversas y que haya tenido en cuenta todas las opiniones discrepantes, en especial las de aquellos que pueden verse más afectados por el problema de que se trate» (14).


Nuestra formación como nutricionistas

La doctrina del Dr. Escudero P, pionero en la formación de nuestras colegas fundadoras, define los valores éticos del ente formador- Instituto de la nutrición- y forma al profesional “dietista” en los siguientes términos: “La base de la conservación del ser viviente es la nutrición: vida, vigor, reproducción, espíritu, sociedad y moral dependen de ella. Por eso este Instituto se denomina de la Nutrición y comprende solidariamente el estudio de la vida del hombre como entidad física y moral y el estudio de la sociedad que constituye” (15).

Los valores profesionales o ideales que comprende y promueve esta declaración de principios éticos, representan un modelo de profesión ética que se pretendía y pretende alcanzar ya desde sus inicios, y es por ello que, estas declaraciones dotan de significado al ejercicio profesional. Sus conceptos son altamente valorados y tienen impacto en el comportamiento y en el quehacer profesional por las cualidades humanizadoras que encierran. En este punto cabe señalar los aspectos primarios de los valores del compromiso y de la responsabilidad profesional, la actualización y capacitación permanentes (16).

Como lo hacía Escudero P. desde el Instituto de la Nutrición también se destaca a la Universidad como un lugar de permanente ejercicio de la

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ética, de la discusión crítica de los conflictos, de la orientación hacia el futuro y de la transmisión de conocimientos, considerando también los juicios de valor de los estudiantes. Desde la perspectiva de Lind G., las capacidades morales y democráticas no se deben adquirir por adoctrinamiento ni tampoco por las viejas formas de enseñar “desde arriba hacia abajo”, pero sí deben ser aprendidas por los niños, adolescentes y adultos “desde abajo hacia arriba”, por ejemplo, a través de la solución de “dilemas morales educativos” bajo la orientación de profesores bien capacitados (17).

Tanto profesionales como estudiantes de las ciencias médicas, deben adquirir conocimientos prácticos y filosóficos para poder respetar el derecho del paciente. Es necesario recurrir a la bioética en busca de lineamientos, teleológicos y deontológicos. Solo articulando estas caras de la ética, nos permitirá vivirla en plenitud (18,19).

La ética profesional debe estar basada en los cuatro principios de la bioética:


I. Beneficencia: Hacer el bien.

II. No maleficencia: No causar daño.

III. Autonomía: el derecho de las personas a decidir su propio destino.

IV. Justicia e igualdad.


Estos principios, de no entrar en conflicto, se deben cumplir (20,21).


Fundamentos del Código de Ética de la AADYND

El Código de Ética que adoptan los miembros de la AADYND, institución creada el 31 de marzo de 1947, en la Ciudad de Buenos Aires, es una demostración del ejercicio de su autonomía, de su capacidad de autorregularse, controlarse y autodirigirse hacia niveles de excelencia (22). El mismo, toma como referencia entre otros, al de la Asociación Médica Argentina (AMA), pionero en nuestro país (23,24).

Destacamos que la característica esencial que distingue a la ética profesional es la de rescatar y poner al día el sentido y la razón de ser de las profesiones. La profesión va más allá de una ocupación que permite obtener ingresos y estatus social, puesto que en realidad es una práctica social que adquiere su verdadero sentido y significado en el bien o servicio que proporciona a la sociedad (25). Según esta perspectiva y si bien la ética profesional comprende principios y criterios, la adhesión a los mismos conlleva la opción libre y decidida por parte del Licenciado en Nutrición, lo cual constituye un ejercicio de libertad e independencia. A través del trabajo, expresado en este caso por la labor profesional, la persona se transforma a sí misma, a su medio y proyecta sus valores. El verdadero sustento de una profesión es la persona.

La base de estos principios se observa tempranamente en nuestro Estatuto constituyente de 1947, reconociendo a nuestra asociación civil, AADYND, como persona jurídica y dotándonos de la plena capacidad para actuar de acuerdo a la legislación vigente. Observamos con satisfacción que los intereses de aquellas colegas que nos precedieron ya estaban manifiestos. Su Capítulo 1, “Constituciones y fines de la Asociación” considera valores y principios para respetar. De su lectura rescatamos algunos artículos:


“[…] Art. 2 a) promover el desarrollo científico de la ciencia, b) fomentar la unión de todos los profesionales graduados, c) mantener y acrecentar el prestigio de la profesión d) contribuir a la vigilancia del cumplimiento de la legislación laboral, e) colaborar con el Estado con carácter de organismo técnico f) crear vínculos amistosos y profesionales con entidades análogas. […]”


Objetivos y proceso de elaboración del Código de Ética de la AADYND

El objetivo fue crear un Código de Ética de la AADYND basado en los principios de la bioética, que sirva de referencia a los profesionales Licenciados en Nutrición, miembros de nuestra institución, en su práctica y conducta profesional.

El Código, luego de elaborado por el Comité de Ética de la Asociación, fue recepcionado por la

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Comisión Directiva de AADYND el 22 de junio del 2017 para su revisión. Posteriormente fue remitido a consulta pública a través de un cuestionario digital. El mismo fue enviado a través de newsletter a todos los socios de la Institución, siendo un mes el plazo para su evaluación. De esta manera se obtuvo en qué porcentaje cada uno de los enunciados que componían el documento, era aprobado o no por los miembros. Se consideró un mínimo del 85% de aprobación para la inclusión de cada enunciado en la versión final. Así mismo se brindó un espacio para que todo miembro interesado pueda expresar sus opiniones o sugerencias de manera abierta, respecto al documento en cuestión.

Habiéndose hecho las modificaciones sugeridas por los socios de nuestra institución se procedió a su aprobación final y difusión. El Código final aprobado por consenso de sus miembros figura en el acta del 1 de marzo del 2018.


CÓDIGO DE ÉTICA DE LA AADYND

El Código de Ética tiene como objetivo primordial elevar el estándar de la práctica y la buena praxis profesional y deberá revisarse periódicamente ante las necesidades de la profesión y/o de la sociedad.

El Código no podrá cumplir sus fines si no se mantiene constantemente alerta ante las necesidades cambiantes de la práctica profesional y las nuevas situaciones creadas por el progreso social y científico, es una guía general para el ejercicio profesional y por tanto, no puede recoger con detalle situaciones que precisen actuaciones concretas.

El profesional Licenciado en Nutrición adquiere un compromiso serio y responsable con la sociedad. Este compromiso se debe cumplir a través de este Código Deontológico asumido, explícito, publicado y libremente aceptado por todo aquel profesional Licenciado en Nutrición que ejerza como tal.

Los profesionales adoptan voluntariamente este Código, que refleja los valores y principios éticos que guían la profesión y expone los compromisos y obligaciones que contrae el Licenciado en Nutrición, ante los pacientes, el ejercicio de la profesión, los colegas, otros profesionales y la sociedad en general.

El Código Deontológico es un conjunto de principios y reglas éticas que deben inspirar y guiar la conducta profesional, estableciendo normas y deberes dirigidos a un colectivo, y es de vital importancia para el correcto desarrollo y funcionamiento de la profesión del Licenciado en Nutrición.

La mayoría de los Códigos Deontológicos recogen estos cuatro mínimos éticos:


1. Principio de Beneficencia

2. Principio de no Maleficencia.

3. Principio de Autonomía.

4. Principio de Justicia.


A partir de estos se derivan los estándares de conducta, que actualmente se denominan “buenas prácticas”. La estructura elegida para el presente Código parte de una Declaración de Principios, que se concreta con sus correspondientes Principios (P) y Buenas Prácticas (BP) en cuatro grandes apartados:


1. Responsabilidades hacia la sociedad.

2. Responsabilidades hacia los pacientes o individuos.

3. Responsabilidades hacia la profesión.

4. Responsabilidades respecto a los colegas y otros profesionales.



APLICACIÓN DEL CONOCIMIENTO Y EJERCICIO PROFESIONAL

  • Proporcionar servicios en nutrición y alimentación de alta calidad y costo eficientes.

  • Proporcionar servicios basados en las expectativas y necesidades del individuo o de la comunidad.

  • Aplicar de manera competente los conocimientos de nutrición y alimentación, integrando este conocimiento con otras disciplinas profesionales.

  • Trabajar responsablemente para integrar los conocimientos de nutrición y alimentación

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en la atención del individuo o servicios alimentarios, independientemente del contexto.

  • Contribuir y participar activamente brindando asistencia a los individuos y comunidades, y a todos aquellos que requieran nuestro servicio.


DESARROLLO DEL EJERCICIO PROFESIONAL Y LA APLICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN

  • Interpretar, aplicar, participar o generar investigación para mejorar la práctica profesional.

  • Publicar nuestra investigación tanto para conocimiento de la comunidad científica como de la población en general.

  • Tener un conocimiento científico profundo de alimentación y nutrición humana promoviendo la actualización y capacitación permanente.



ADOPTAR UN ENFOQUE BASADO EN LA EVIDENCIA

  • Cuestionarse sistemáticamente, encontrar evidencia científica y evaluar la validez, aplicabilidad y la importancia de esa evidencia.

  • Combinar las pruebas de evidencia con la experiencia y criterio profesional del licenciado en nutrición, con las circunstancias y con los valores únicos del individuo o de la comunidad para guiar la toma de decisiones

  • Aplicar un enfoque basado en la evidencia para todas las áreas de la práctica profesional, promoviéndola para mejorar la salud de los individuos, las comunidades y la población en general

  • Mencionar la fuente de la evidencia que sustenta las recomendaciones de la práctica e integrar conocimientos de otras disciplinas.



COMUNICACIÓN

  • Comunicar y desarrollar actividades de educación alimentaria para la comunidad.

  • Promover y participar del desarrollo de políticas y programas de seguridad alimentaria, entendiendo como seguridad alimentaria al derecho de toda persona sana o enferma a recibir el alimento adecuado a su etapa biológica o situación patológica.

  • Defender la profesión y el valor de los servicios profesionales como herramienta principal del conocimiento; denunciar en caso de intrusismo.

  • Participar activamente en programas y proyectos en defensa de la soberanía alimentaria, desde la producción de alimentos hasta el acceso a la población.

  • Promover el avance de la profesión del licenciado en nutrición en todos sus ámbitos.



CALIDAD DE LA PRÁCTICA PROFESIONAL

  • Evaluar y revisar sistemáticamente la calidad de la práctica profesional personal y de los grupos de trabajo, promover la capacitación permanente.

  • Esforzarse por mejorar los servicios y la práctica profesional en todo momento y en todo lugar.



COMPETENCIA CONTINUA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

  • Asegurar la responsabilidad profesional ante la población promoviendo el bien común y participando activamente de las instituciones representativas.

  • Garantizar que la práctica profesional cumpla con los requisitos legislativos, promoviendo su difusión, exigiendo ante las autoridades su cumplimiento y promoviendo nueva legislación en caso de ser necesario.

  • Mantener la competencia de manera continua siendo responsable de la educación profesional permanente, comprometiéndose en el desarrollo profesional individual y colectivo.

  • Participar en forma activa con los entes formadores universitarios, las sociedades

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científicas y profesionales y los congresos de graduados.


Conclusión

Los dilemas éticos siempre estarán presentes en la humanidad. Los debates y las conclusiones merecen hacerse en forma consciente, racional

y responsable. Ser racional o razonables en bioética es poder dar razones de los que uno es, lo que piensa y hace, exponer con argumentos suficientes, ser prudentes, mostrar fortaleza, resistirse firmemente a lo que no es correcto, y arriesgarse por conseguir lo que se considera una meta, inspirando confianza, respetando y siendo respetados.

Nuestros fines últimos, son el bien común y la calidad de vida, tanto para las personas en forma individual como para la sociedad en general, adecuando a esos fines los medios justos.

El Código de Ética de AADYND es un medio y es un fin en sí mismo, se adecua a los principios de la bioética y fue consensuado oportunamente por sus miembros. Es una instancia abierta para ser revisada oportunamente.


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